may 292012
 

Luego de que el Observatorio Vulcanológico de Manizales declarara la alerta naranja en el Nevado del Ruiz, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios hace un nuevo llamado a las empresas prestadoras y alcaldes de los municipios y corregimientos bajo la influencia de este volcán para que pongan en marcha las acciones preventivas necesarias para asegurar la calidad y continuidad en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado.

La Superservicios reitera el llamado hecho en marzo pasado cuando se presentó una actividad similar en el Nevado del Ruiz. En aquel momento se envió comunicación a los gerentes de las empresas que prestan sus servicios de acueducto y alcantarillado en los municipios caldenses de Manizales, Villamaría y Chinchiná, al igual que del Líbano, Honda, Mariquita, Lérida, Fresno, Herveo, Murillo y  Villahermosa en el Tolima.

El llamado se amplió en esta oportunidad a los municipios de Pereira y Santa Rosa de Cabal en Risaralda y Cartago en el norte del Valle.

Según la alerta de la Superservicios, los daños que puede ocasionar el incremento en la actividad  volcánica del Nevado del Ruiz por la acción de sismos, flujos de lava, flujos piroclásticos o nubes ardientes, flujos de lodos o lahares y caídas de ceniza, pueden afectar la continuidad en el abastecimiento de agua a las comunidades, lo que hace necesario que adopten las siguientes acciones de prevención:

* Monitoreo permanente de los sistemas de acueducto  y acciones operativas que  disminuyan la posibilidad de  obstrucción por caídas de cenizas de las fuentes de captación,  de las líneas  de aducción y conducción, sedimentadores y filtros.

* Adelantar el monitoreo de la calidad del agua captada con el fin de identificar las sustancias que afectan el sistema de tratamiento.

* Inspeccionar los elementos, equipos y accesorios de cada componente de los sistemas de acueducto y alcantarillado  con el objeto de identificar zonas de falla o inestabilidad, así como la necesidad de contar con los elementos, equipos y personal que permitan reparar de inmediato tuberías, infraestructura o accesorios, que se vean afectados por el incremento de los sismos locales.

* Estar preparados para ejecutar procedimientos que permitan tratar contaminantes del agua cruda y adelantar acciones de respuesta en caso de daños sobre los componentes estructurales.

* Tomar otras acciones para  asegurar  la  cantidad,  continuidad  y  calidad  del  agua  y  un  buen mantenimiento y operación de los sistemas.

La Superintendencia también reiteró a los alcaldes y prestadores la necesidad de adelantar las respectivas labores de coordinación con las diferentes entidades involucradas en la atención, respuesta, control y seguimiento a las emergencias, todo con el propósito de impedir perjuicios graves a los usuarios de los servicios públicos domiciliarios.

abr 182012
 

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios impuso una sanción de 100 millones de pesos, a los operadores del relleno sanitario “Doña Juana” en Bogotá, por fallas en la prestación del servicio de aseo, al incumplir disposiciones que regulan esta materia en el servicio de disposición final.

La Superservicios también les ordenó presentar un plan de trabajo con el cual se superen los incumplimientos que generaron la sanción.  De acuerdo con la resolución de la sanción, 09815 del 3 de abril de 2012, entre los incumplimientos sancionados a la prestadora se encuentran el inadecuado vertimiento de lixiviados, el no cubrimiento diario de los residuos dispuestos, la reducción del frente de trabajo y el mal mantenimiento de las vías internas del relleno así como de los vehículos.

La sanción impuesta no se encuentra aún en firme, la prestadora tiene la oportunidad de interponer el recurso de reposición contra esta decisión.

Contexto ABC: El relleno sanitario “Doña Juana” atiende al Distrito Capital y a  siete municipios más de Cundinamarca y en el se disponen 6.300 toneladas de basuras al día.

jul 242011
 

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios reiteró que el cobro del servicio de aseo debe realizarse en las facturas de aquellos servicios públicos como el acueducto o el de  energía que sí pueden ser suspendidos como sanción por no pagar de manera oportuna el servicio.

La aclaración de la Superservicios se produce ante las continuas quejas y reclamos de usuarios en todo el país sobre una supuesta violación de la regulación cuando el servicio de aseo se les cobra en las facturas de acueducto o energía.

La Ley 142/94 establece la facultad que tienen las empresas para emitir factura conjunta para el cobro de todos los servicios a su cargo y para aquellos prestados por otras empresas de servicios públicos con las que celebren convenios para tal propósito.

Las empresas de acueducto están obligadas a facturar conjuntamente con otra empresa de aseo cuando ésta lo solicita; las empresas de energía tienen la opción de decidir si firman o no un  convenio.

Ningún usuario podrá exigir que se le facture el servicio de aseo de manera individual, separado del servicio de acueducto o energía, a no ser que esté en curso una petición, queja o reclamo por el servicio de aseo. Si el usuario interpone una queja por el servicio de aseo, la empresa deberá facturar únicamente los servicios que no están en reclamación, hasta tanto la empresa prestadora resuelva la reclamación presentada.

mar 292011
 
acueducto

La Superintendencia de Serivicios Públicos Domiciliarios impuso multas por más de 733 millones de pesos a 42 empresas de acueducto y alcantarillado del país que se negaron a informar al Sistema Único de Información –SUI- sobre las tarifas que les están cobrando a sus usuarios por la prestación de estos servicios.

En la actualidad 25 empresas, de las 220 registradas en el SUI, continúan sin suministrar a la Superservicios esta información.

Este incumplimiento  afecta a los usuarios pues no permite que la Superintendencia cuente con las herramientas para llevar a cabo la revisión tarifaria respectiva con base en la metodología definida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-.

Este hecho se constituye en un obstáculo para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

Hasta el próximo 7 de abril, las empresas señaladas que no hayan reportado la información exigida por la Superservicios, la entidad solicitará apertura de investigación por presunto incumplimiento en el reporte del estudio de costos, lo que podría generar multas hasta por 2 mil salarios mínimos legales vigentes.

Contexto ABC: Las siguientes son las 25 empresas que aún no hacen el reporte al SUI de la información exigida para que la Superservicios adelante el control tarifario correspondiente.  

* Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Tenjo – Cundinamarca
*  Empresa de Servicios Públicos de Tocancipá – Cundinamarca
* Empresa de Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Pailitas – Cesar
* Empresa de Servicios Públicos de Codazzi – Cesar
* Empresas de Servicios Públicos de Copey – Cesar
* Empresas Públicas municipales de Tierralta – Córdoba
* Junta Administradora del Acueducto y Alcantarillado del Municipio de San Bernardo del Viento – Córdoba
* Empresa de Servicios Públicos del municipio de El Banco Magdalena – Magdalena
* Aguas del Morrosquillo – Sucre
* Empresa Industrial y Comercial de Servicios Públicos de Villa del Rosario – Norte de Santander
* Empresa de Servicios Públicos de Villanueva ESPAVI – Norte de Santander
* Empresas Públicas de Monterey – Casanare
* Empresa de Servicios Públicos de Villanueva ESPAVI – Casanare
*Aguas y Aseo de El Pital y Agrado – Huila
* Empresas del Pueblo y para El Pueblo de Gigante – Huila
* Sociedad de Acueductos, Alcantarillados y Aseo del Huila – Huila
* Empresa de Servicios Públicos del Meta – Meta
* Empresa de Servicios Públicos de Puerto López – Meta
* Asociación Comunitaria de Suscriptores del Acueducto CESTILLAL El Diamante – Risaralda
* Empresas Públicas de Marsella – Risaralda
* Sistemas Públicos SA – Antioquia
* Empresa Municipal de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Patia – Cauca
* Asociación Comunitaria de Suscriptores del Acueducto CESTILLAL El Diamante – Tolima
* Red Vital Paipa – Boyacá
* Empresas Públicas Municipales de Candelaria – Valle del Cauca